lunes, 3 de diciembre de 2012

Perspectivas en el desarrollo y la financiación de la ley de residuos (I) (ST-6)


El bloque dedicado a la gestión de residuos en el CONAMA 2012 comenzó el miércoles 28 con la intervención de Guillermina Yanguas Montero (Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente). En ella se realizó una presentación, del nuevo marco normativo creado con la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados que traspone la Directiva 2008/98/CE del parlamento europeo y del consejo de 19 de noviembre de 2008 sobre los residuos, así como sus próximas modificaciones. Asimismo, se ofreció una breve descripción de las implicaciones que posee, de su futuro desarrollo reglamentario y de las previsiones de modificación de otras normas relacionadas. En concreto se remarcó la necesidad de cumplir con los objetivos establecidos desde la Unión Europea, la concepción de los residuos como una fuente de recursos y la vocación de crear un nuevo marco normativo que agilice la gestión de residuos en España.

Mesa presentación del bloque de residuos Conama 2012

Seguidamente Eva Rodríguez Gutiérrez, responsable del área de residuos del Departamento de Economía de la CEOE, señaló la temas de mayor interés para las empresas derivados de la transcripción de la nueva Ley de residuos 22/2011. En su opinión, uno de los aspecto de mayor interés es la posibilidad homologar los trámites administrativos y la documentación aportada por las empresas dedicadas a la gestión de residuos en todo el territorio español.


Para finalizar la presentación de este bloque de residuos, Alodia Pérez responsable del área de recursos naturales y residuos de Amigos de la Tierra expuso las implicaciones sociales sobre la situación actual y futura del sector residuos.


Primera mesa ST-6

Una de las principales novedades de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados es la introducción de nuevas definiciones para los residuos: domésticos, comerciales e industriales, que conllevan diversas implicaciones que afectan, entre otros, a la gestión actual de las entidades locales. En este sentido, el servicio obligatorio que las administraciones locales deben prestar se limita a los residuos domésticos generados en los hogares, comercios y servicios, ampliando los servicios a los residuos comerciales no peligrosos y a los residuos domésticos generados en las industrias.

Asimismo, la nueva Ley de residuos 22/2011, de acuerdo con la legislación europea, señala la necesidad de implantar antes del 2015, una recogida separada para, al menos, el papel, metal, plástico y vidrio, además de promover medidas para la recogida separada de los bioresiduos y su correspondiente tratamiento biológico. Esta nueva interpretación de la separación en origen posee unas implicaciones técnicas, económicas y administrativas importantes, especialmente entre las entidades locales.

El nuevo marco normativo introduce algunos cambios sobre la gestión de la materia orgánica, a este respecto se define como compost aquel material obtenido a partir del tratamiento biológico aerobio y termófilo de residuos biodegradables recogidos separadamente, excluyendo el material orgánico obtenido de las plantas de tratamiento mecánico biológico de residuos mezclados, que se denominará material bioestabilizado.

Por otra parte, la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados implica la realización de numerosos cambios por parte de las administraciones autonómicas para adaptar su régimen a lo dispuesto en dicha Ley. Si bien la norma ya dispone de algunas disposiciones transitorias que afectan al ámbito autonómico y sectorial, han sido identificados ciertos obstáculos que impiden su aplicación real, dificultando la operatividad de los productores y gestores de residuos.

Además de las consideraciones mencionadas en los párrafos anteriores durante esta Sesión Técnica se abordaron aspectos claves para la optimización de la tramitación autonómica en la materia de gestión de residuos, como son: la regulación de los traslados de residuos dentro del territorio español, la implementación de un registro de producción, la elaboración de una base de datos única que permita la gestión electrónica de las distintas tramitaciones (ya sean autorizaciones o comunicaciones), la aplicación por parte de las administraciones autonómicas de una autorización válida en todo el territorio del Estado y el posible desarrollo reglamentario del régimen de las garantías financieras.

Para el desarrollo de los temas propuestos en la Sesión Técnica 6 se establecieron dos mesas de debate. La primera de ellas de título: Implicaciones de las nuevas categorías de residuos y la separación en origen marcadas por la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Comenzó con la intervención de Mª José Delgado Alfaro (Subdirectora General de Residuos. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente). En dicha intervención subrayó que, dentro del nuevo marco normativo fijado por la nueva Ley de residuos 22/20122, son las entidades locales las que tienen la potestad de la gestión de los residuos domiciliarios generados en sus municipios, los cuales poseen hasta dos años para adaptar sus ordenanzas municipales para cada caso en concreto. En relación con el material bioestabilizado, considerado como residuo en la nueva Ley de residuos 22/11, Mª José Delgado Alfaro indicó que actualmente se está trabajando en una normativa transitoria y en una actualización de la normativa sectorial aplicable que regule esta tipología de residuos hasta que el marco normativo europeo quede totalmente definido en esta materia.

Ramón Rabella (Jefe de la Oficina de Cambio Climático y Sostenibilidad de la Diputación de Barcelona) indicó que es la gestión de los residuos que se depositan en el contenedor de color amarillo los que más gastos ocasionan al municipio, aproximadamente unos cuatro euros por habitante. Si a esto se le suma la obligatoriedad de recoger los "bioresiduos domiciliarios" de manera separada será necesario buscar nuevas formulas de financiación por parte de los municipios. En ese sentido, Ricardo Luis Izquierdo (Comisión de Coordinación Residuos. FEMP) hizo hincapié en avanzar en la elaboración de ordenanzas municipales marco para conseguir un tipo de contratación que sirva para satisfacer las necesidades de gestión municipal de residuos.

Por su parte, Vicente Galván (Aselip), señaló que con la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, se establecen nuevas categorías de residuos (domiciliarios, comerciales e industriales) de diferente naturaleza (vidrio, papel, envases, materia orgánica, etc.) que para su adecuada gestión los ayuntamientos van a tener que hacer frente una alta inversión que muchos casos no van a ser capaces de acometer.

Segunda mesa ST-6

Al terminar las intervenciones de los ponentes convocados a la primera mesa de debate y después de una pausa, se dio paso a la segunda de las dos mesas de debate previstas en la Sesión Técnica 6 cuyo título era: "Optimización de la tramitación autonómica en la gestión de residuos para dar cumplimiento a los requerimientos de la Ley 22/2011. En esta ocasión la mesa estaba formada por: Carmen Tapia Carrasco (Directora de Programa de la Subdirección General de Residuos), Josep María Tost i Borràs (Agencia de Residuos de Cataluña), Verónica Tellado Barcia (Subdirectora General de Residuos y Suelos Contaminados. Xunta de Galicia), Vicente Galván (Representante de Aselip) y Alicia García-Franco Zúñiga (Representantes del Foro de la Recuperación y el Reciclado).

Tanto Alicia García-Franco como Vicente Galván en sus intervenciones confirmaron las dificultades a las que se enfrenta una empresa a la hora de presentar un solicitud de autorización como gestor de residuos. Ocasionadas generalmente a que en muchas ocasiones la nueva Ley de residuos 22/2011 todavía no ha sido traspuesta a la legislación autonómica, a que la documentación requerida no es igual en todo el territorio español o porque la instalación y la sede social de la empresa están ubicadas en Comunidades Autónomas con normativa distinta.

Durante su intervención, Carmen Tapia Carrasco, explicó las líneas actuación en las que está trabajando: simplificación de los trámites administrativos para gestión de residuos desde la Comisión de Coordinación; proyecto ETER (Environmental Electronic Exchange Language) para la estandarización electrónica de los datos ambientales a nivel nacional y en la elaboración de una normativa única que regule el traslado de residuos por todo el territorio.

En relación a la gestión de los residuos de construcción y demolición, Carmen Tapia Carrasco confesó que existe un déficit de información en cuanto a su aplicación y efectividad y que se está contemplando la modificación de Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. A este respecto, Josep María Tost i Borràs afirmó que mientras que no se aplique un canon de vertido que grave la retirada a veredero y se elabore una reglamentación que permita la utilización de los áridos reciclados en ingeniería civil o edificación, esta clase de residuos continuarían llevándose a vertedero puesto que es la opción de menor coste para los gestores.


David Gimare. Técnico de la Asociación de Ciencias Ambientales. @DavidGimare

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